Rokovoko. Una isla muy lejana hacia el oeste y el sur. No está marcada en ningún mapa: los sitios de verdad no lo están nunca. Hernan Melville.
Detener los desahucios sí se puede pero no quieren, PAH
Gracias a la presión de las entidades sociales, hemos conseguido
introducir en el decreto ley aprobado hoy por el Gobierno mejoras muy
significativas en la Ley 24/2015.
Seguiremos apretando hasta lograr que los avances conseguidos en Catalunya sean extendidos a todo el Estado.
Los avances son:
- Renovación a 7 años de los miles de alquileres sociales firmados al amparo de la Ley 24/2015 por 3 años a partir del 2015, que caducan ahora o que finalicen en el futuro.
- Protección ante desahucios por extinciones de contrato
de familias en exclusión residencial en viviendas de grandes tenedores,
ampliando a estos casos las ofertas obligatorias de alquiler social.
- Alquiler social de 7 años para familias en exclusión residencial que se han quedado en la vivienda, sin título,
después de una ejecución hipotecaria o demanda de desahucio de hipoteca
o alquiler de gran tenedor, o que por falta de alternativas han tenido
que ocupar pisos de grandes tenedores personas jurídicas, siempre que
lleven al menos 6 meses en la vivienda (desde el 23 de junio de 2019) y
tengan un informe social favorable.
- Todos los nuevos alquileres sociales deberán respetar los plazos de la LAU,
ampliando los 3 años mínimo de 2015. Por lo tanto, tendremos 10 años
(3+7) de protección para los que ya existen, y 14 (7+7) para los que se
firmen a partir de ahora. En el caso de viviendas que sean propiedad de
personas físicas, el período de protección podrá llegar a los 10 años
(5+5).
- Se fija por ley el precio de la cesión
obligatoria de viviendas vacías de banco y fondos buitre a un 40% del
precio de la vivienda de protección oficial.
Hasta ahora no se podía aplicar esta herramienta de movilización de
vivienda vacía porque el Estado retiró el recurso que pesaba sobre el
artículo 7 de la Ley 24/2015, poniendo como condición que se definiera
objetivamente un precio. Ahora se podrá obligar a los bancos y fondos
buitre a ceder los pisos vacíos para alquiler social a precios por
debajo del mercado (piso de 65 m² en Barcelona de 150 a 200 €).
- Ampliación de la definición de gran tenedor, que incluirá ahora personas físicas con más de 15 viviendas, y por tanto protegerá a más arrendatarias con amenaza de desahucio.
- Control de ofertas de alquiler social obligatorio por parte de la Generalitat, además de los ayuntamientos, por lo tanto, más control del cumplimiento de la Ley e imposición de sanciones si se incumple.
Si no hubiera sido por la acción del Grupo Promotor de la Ley 24/2015, no habríamos conseguido ni de lejos todas estas mejoras.
La Generalitat no ha aceptado todas las medidas del Grupo Promotor,
no obstante las seguiremos exigiendo, tanto en la tramitación del
decreto ley como proyecto de ley ‒si esto sucede‒, como denunciando cada
vez que, por omisión del Gobierno, queden personas desprotegidas y en
la calle.
Estamos muy orgullosas y satisfechas de haber conseguido una nueva
victoria importantísima en la protección del derecho a la vivienda.
Empezaremos el 2020 con miles de catalanas más protegidas contra los
desahucios.
Pero también advertimos que no vamos a parar hasta acabar con la emergencia habitacional en Cataluña.
Desde el Grupo Promotor de la ILP Vivienda estaremos vigilantes para
su correcto cumplimiento. Hemos dado un gran paso para garantizar
nuestro derecho a la vivienda, y todo aquel que intente vulnerarlo nos
encontrará de frente.
extracto afectadosporlahipoteca.com
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